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viernes, 16 de agosto de 2013

Y fin de las leyes por ahora


Más sobre el discernimiento de la razón práctica

Cualquiera que reflexione sobre cómo usa la razón práctica puede darse cuenta que esa razón opera de tal manera que da por supuesto que el bien debe hacerse mientras que lo malo debe evitarse.

Además de esto, la razón práctica recurre a otros conocimientos (adquiridos por uno mismo o recibidos de otros), por ejemplo, es bueno no hacer a otros lo que no se quiere para sí. Cuando estos criterios son suficientemente universales los llamamos principios.

A partir de ellos, mediante procesos discursivos, la razón formula otros criterios más concretos como, por ejemplo, los que han sido recogidos en el Decálogo. Y así sucesivamente.

El papel de las inclinaciones naturales

En su labor de discernimiento, la razón práctica recibe una ayuda inestimable de las inclinaciones naturales en cuanto que éstas tienden al bien y por tanto lo manifiestan.

Obviamente es la razón la que confirma o no, en cada situación, si el bien al que se dirige cada tendencia concreta está integrado en el bien entero de la persona.

Ley natural y ser

Por todo esto, se podría decir que la ley natural es el deber de la libertad de ser fiel a lo que uno ontológicamente es (Cotta).

Normativamente podría formularse así: “hombre,sé lo que eres”,  “compórtate de tal manera que se vea siempre quién eres”.

Un poco de terminología: ley, valor moral y norma moral

La ley natural se despliega en los valores morales, que la persona encuentra en su humanidad, y que se imponen con tal fuerza que no pueden ser rechazados por la libertad humana.

Es decir, en su realización presentan un carácter normativo y preceptivo: ser veraz, respetar la vida… Son la experiencia moral individual de la dignidad del “ser persona” (Caffarra).

Los valores morales generan las normas morales, reflejo de la Ley natural, que expresan de modo imperativo y concreto el bien moral contenido en una acción.

Propiedades de la ley natural

Universalidad

Inmutabilidad  

No admite excepciones.

Universalidad: Ya hemos visto que la ley natural es la expresión normativa de la naturaleza humana en cuanto tal, dictada por la razón .

Todos los hombres comparten la misma naturaleza incluida la razón. En consecuencia, para todos es válida la misma ley natural.

Esto es lo que se quiere afirmar cuando se dice que la ley natural es universal. Es decir, afecta a todos los hombres respetando sus particularidades.

Inmutabilidad: Mientras la persona sea un ser humano, lo que es bueno o malo para él ahora, lo será siempre a lo largo de la historia. En la hipótesis que el hombre se transformara en otra cosa (un ser distinto) lo bueno y lo malo cambiaría de acuerdo con su nueva naturaleza.

Esto es lo que se quiere afirmar cuando se dice que la ley natural es inmutable.

La inmutabilidad de la ley natural es compatible con que pueda darse – y de hecho se da - un progreso o un retroceso en la percepción de la ley.

Ley Nueva o Evangélica

“Por la ley natural el hombre participa de la ley eterna en la medida de su capacidad natural. Pero para ser conducido al último fin sobrenatural necesita una norma de orden superior. Por eso recibe además una ley dada por Dios que entraña una participación más elevada de la ley eterna” (S.Th, I-II, q.91, a.4, ad 1).


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